La Universidad Nacional de Catamarca, fiel observadora y defensora de los principios reformistas que le dieron origen, ha incorporado la representación cuatripartita en su gobierno, es decir que en ellos están presentes los cuatro estamentos que conforman la comunidad universitaria: estudiantes, docentes, egresados y no docentes, de manera proporcional, elegidos libre y democráticamente por sus pares. Son Órganos de Gobierno de la Universidad: la Asamblea Universitaria, el Consejo Superior, el Rector, los Consejos Directivos y los Decanos de Facultad.
LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA: constituye la máxima autoridad universitaria, se conforma con todos los Decanos y Consejeros Directivos por Facultades más los Consejeros Superiores, es presidida por el Rector de la Universidad, se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, tiene amplias atribuciones, por ejemplo elegir al Rector y Vicerrector.
EL CONSEJO SUPERIOR: es un Órgano Colegiado, con funciones deliberativas y legislativas, está integrado por el Rector que lo preside, los Decanos, Docentes, Estudiantes y Egresados de todas las facultades que fueran elegidos para tal fin por sus propios claustros, más la representación no docente, se los denomina “consejeros”, duran en sus funciones dos años (ad-honorem), tienen como atribuciones legislar mediante ORDENANZAS y RESOLUCIONES sobre todos los aspectos institucionales de la universidad, posee cinco Comisiones de Trabajo:
- Comisiones de Reglamentaciones
- Comisión de Asuntos Académicos y de Investigación
- Comisión de Asuntos Económicos-Financieros
- Comisión de Asuntos Docentes
- Comisión de Asuntos Institucionales y Política Universitaria
EL RECTOR: Es elegido por la Asamblea Universitaria, es el ejecutor de las políticas estratégicas de gestión universitaria y dura en su cargo cuatro años, tiene entre otras funciones ejercer la conducción administrativa, económica y financiera de la Universidad, organizar las secretarías, orientar las actividades académicas, la representación de la Universidad y el ejercicio de la jurisdicción superior universitaria.
LOS CONSEJOS DIRECTIVOS: constituyen el máximo Órgano de Gobierno en cada Facultad, también tiene representación cuatripartita, (Docentes, Alumnos, Egresados y No Docentes) esta presidido por el Decano respectivo, los Consejeros Directivos cumplen funciones deliberativas y legislativas, le corresponde ejercer la jurisdicción superior de la Facultad, hacer cumplir las normas del Estatuto Universitario, y las que con carácter general haya establecido el Consejo Superior, entre otras atribuciones.
LOS DECANOS DE FACULTAD: duran cuatro años en sus funciones, es el ejecutor de las políticas de gestión en cada una de las Facultades que preside, le corresponde entre otras funciones, representar a la Facultad, presidir el Consejo Directivo, ejercer la conducción administrativa, económica y financiera, dirigir, coordinar, supervisar y orientar la actividad académica y de investigación y extensión de las Facultades.
Fuente: Estatuto de la UNCa